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Nota informativa :: Conoce la Ley de Plásticos de un solo uso en Colombia y alternativas sostenibles de la industria

El Senado de Colombia ha aprobado la ley 2232 de 2022,  buscando la eliminación de plásticos de un solo uso para 2030.

Este proyecto nace con la intención de prohibir la introducción en el mercado, comercialización y distribución en el territorio nacional de los productos que se mencionan en el artículo 6°, que se hayan fabricado, total o parcialmente, con plásticos de un solo uso. Es decir, productos de plástico que no han sido desarrollados para realizar múltiples circuitos, rotaciones o usos a lo largo de su ciclo de vida, independientemente del uso repetido que le otorgue el consumidor.

El proyecto de ley establece periodos para la transición, por tipos de productos.

En un plazo de dos años, se deberá dejar de producir y comercializar:

  • Bolsas de punto de pago
  • Soportes para globos
  • Rollos de bolsa
  • Mezcladores, agitadores, pitillos (excepto los adheridos a envases de hasta 3000ml)
  • Soportes de copitos
  • Bolsas para publicaciones impresas y publicidad

Así mismo, en un plazo de 8 años:

  • Envases o empaques y bolsas para contener líquidos no preenvasados,
  • Platos, bandejas y cubiertos desechables
  • Confeti, manteles y serpentinas
  • Envases o empaques y bolsas para domicilios
  • Láminas para servir o empacar alimentos de consumo inmediato
  • Envolturas para frutas y verduras
  • Stickers para frutas
  • Mangos para hilo dental
  • Pitillos de envases de hasta 3000 ml

Ahora bien, el proyecto de Ley hace excepciones a los siguientes elementos:

  • Implementos médicos
  • Empaques de residuos biológicos o químicos
  • Empaques de productos alimenticios de origen animal
  • Productos fabricados con 100% de materia prima plástica reciclada de material posconsumo nacional

Reglamento técnico de etiquetado

Por otra parte, se expedirá un reglamento técnico que regule el etiquetado de plásticos biobasados y los plásticos de un solo uso que no estén referidos en el artículo 5º de la ley 274 de 2020. Además, de acuerdo con el artículo 18, deberán ser incorporados al modelo de economía circular y de Responsabilidad Extendida del Productor en pro de informar sobre:

  1. Gestión adecuada de los productos por parte del consumidor
  2. Impacto ambiental negativo
  3. Contenido de plásticos en los productos
  4. Capacidad de reciclaje
  5. Potenciales consideraciones pertinentes por parte del Gobierno Nacional

Según lo estipulado por el proyecto de Ley, aquellos plásticos de un solo uso que no estén referidos en el artículo 5° tendrán que ser incorporados por el productor o importador dentro del cierre de ciclos del modelo de economía circular y de Responsabilidad Extendida del Productor.

Alternativas sostenibles

Esta normativa presenta alternativas (Inciso 2 del numeral 2 del artículo 2°) para que aquellas empresas que comercialicen con plásticos de un solo uso puedan acogerse y evitar así sanciones al tiempo que se fomenta una industria más sostenible.

En líneas generales, las acciones 100 y 110 piden que los fabricantes recuperen y aprovechen del 50% al 100% del plástico puesto en el mercado de su mismo tipo de producto, o de un producto realizado con el mismo polímero o mezcla de polímeros de su producto.

Metas y Oportunidades

Este proyecto de ley propone plazos y objetivos medibles para asegurar que los productores e importadores cumplan con las proyecciones y necesidades del país. Según el texto del proyecto de ley:

  • Para 2025, las botellas PET de agua potable deberán fabricarse con un mínimo de 50% de materia prima reciclada pos-consumo nacional o pos-industrial derivada de procesos productivos propios. Dicho porcentaje deberá incrementar al 90% a partir del año 2030.
  • En 2025 los envases PET que contengan otro tipo de bebidas deberán fabricarse con un mínimo de 20% de materia prima reciclada pos-consumo nacional o pos-industrial derivada de procesos productivos propios. Este porcentaje se deberá incrementar al 35% para 2030, al 40% para 2035 y al 60% para 2040.
  • Para 2030 todos los envases para contener líquidos deberán ser recolectados al 50% por parte de los productores e importadores, de la mano de toda la cadena de producción, aunque se le debe dar énfasis al gremio de profesionales del reciclaje. Por otro lado, el porcentaje de aprovechamiento de los envases y recipientes para contener líquidos elaborados con polietileno de alta densidad deberá ser de al menos un 30%.
  • En cuanto a los plásticos utilizados en el sector de la construcción, para el año 2025 deberán fabricarse con mínimo 80% de materia prima reciclada pos-consumo o posindustrial de origen nacional. Para el año 2030, el porcentaje de aprovechamiento deberá ser de al menos el 90% y lograr una recolección del 98%.
  • Las entidades estatales o las privadas que manejen recursos públicos y adquieran bienes o desarrollen obras donde se puedan incorporar elementos o insumos elaborados con madera plástica y elementos relacionados derivados de materiales de fuentes de reciclaje nacional, deberán tener en cuenta para la calificación de las propuestas de dichas obras.
  • No se permitirá la importación de residuos para cumplir con dichos porcentajes.

Con la intención de facilitar la transición de los distintos actores que desarrollan actividades productivas en este sector, el Gobierno Nacional impulsará un plan de adaptación laboral y reconversión productiva para la sustitución de plásticos de un solo uso actualizando la formación de los trabajadores del sector.

Alternativas sostenibles

Dentro de las estrategias que se están desarrollando por parte de los clientes de Esenttia para adaptarse a estas nuevas regulaciones, destacamos las siguientes:

  • Homologación de biopolímeros y PCR en busca de migrar a materiales más sostenibles
  • Construcción de alianzas para asegurar la recuperación del plástico dentro de la cadena
  • Migración a papel y otros materiales tradicionales no cuestionados actualmente
  • Certificación en plástico neutro para poder seguir empleando sus envases en plástico

Por su parte, Esenttia busca contribuir a la transformación de la industria generando bienestar y calidad de vida de la mano de estrategias previas y proyectos que se adaptan a las nuevas legislaturas a la par que complementan las iniciativas de sus clientes. Estos son algunos de los objetivos planteados hasta el momento:

A corto plazo

  • Plan de acompañamiento a clientes en diseño sostenible de empaques.
  • Campaña de socialización de la ley con clientes
  • Homologación de PCR (Maquilas) con clientes
  • Avances en hoja ruta de RECIRCULAR
  • Avances en Reciclaje Químico con el ICP
  • Homologaciones de biopolímeros con clientes (flexibles y rígidos)
  • Comercialización de biopolímeros
  • I+D en Biopolímeros
  • Participación en mesa nacional del plástico con MinAmbiente

A mediano plazo

  • ReCircular (Desarrollo de resinas a partir de plástico recuperado)
  • Hoja de ruta de PCR Food Grade
  • Homologaciones de biopolímeros desarrollados
  • Planta de Reciclaje Químico

A largo plazo

  • Planta de Biopolímeros en Colombia
  • Expansión de planta de Reciclaje Químico

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